COMPETENCIA TERRITORIAL EN EL PROCESO ÉTICO-DISCIPLINARIO DE LA OAB: ANÁLISIS NORMATIVO, APLICACIÓN INVERSA Y COOPERACIÓN INSTITUCIONAL

Autores/as

  • Raimundo de Oliveira Filho

DOI:

https://doi.org/10.56238/revgeov16n4-001

Palabras clave:

Competencia Territorial, Proceso Ético-disciplinario, OAB, Lugar del Hecho, Cooperación Institucional

Resumen

El presente estudio analiza la competencia territorial en el proceso ético-disciplinario de la Ordem dos Advogados do Brasil (OAB), con énfasis en el criterio del lugar del hecho previsto en el art. 70, § 2º, del Reglamento General del Estatuto de la Abogacía. Adopta un enfoque jurídico-dogmático, combinando análisis normativo y estudio de caso del dictamen emitido por la Comisión de Ética y Disciplina de la OAB Subsección de Marabá/PA, el 8 de abril de 2025. Se demuestra que el criterio territorial debe aplicarse tanto de forma directa—cuando el abogado no está inscrito en la base territorial del hecho—como inversa—cuando está inscrito en la subsección, pero el hecho ocurrió en otra base. Su aplicación simétrica evita nulidades, asegura igualdad procedimental y acerca la instrucción a las fuentes probatorias. Asimismo, se resalta la relevancia de la cooperación institucional entre subsecciones y seccionales, prevista en el Manual de Procedimientos del Proceso Ético-Disciplinario y en la Resolución n.º 0001/2022, como mecanismo para reforzar legitimidad y eficiencia. Se concluye con la recomendación de una uniformización nacional de la interpretación y de protocolos claros de comunicación interorgánica, a fin de consolidar la efectividad y la seguridad jurídica del sistema disciplinario de la OAB.

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Publicado

2025-08-14

Cómo citar

de Oliveira Filho , R. (2025). COMPETENCIA TERRITORIAL EN EL PROCESO ÉTICO-DISCIPLINARIO DE LA OAB: ANÁLISIS NORMATIVO, APLICACIÓN INVERSA Y COOPERACIÓN INSTITUCIONAL. REGEO- REVISTA INTERDISCIPLINAR, 16(4), e632 . https://doi.org/10.56238/revgeov16n4-001